REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUACARA

OFERTA PÚBLICA

ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES BAJO LA MODALIDAD DE VENTA POR SUBASTA CONSTITUIDO POR TRES EXTENSIONES DE TERRENOS PROPIEDAD DEL MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO.

La ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO, enmarcada en los principios de legalidad, transparencia y publicidad que priva toda actuación administrativa por órgano de la Comisión de Bienes Públicos del Municipio Guacara del Estado Carabobo a través de acta de inicio de fecha diecinueve (19) de Julio del año dos mil veintidós (2022), invita a todas las Personas Naturales y Jurídicas interesadas en participar en el Procedimiento de Enajenación de Bienes Inmuebles Bajo la Modalidad de Venta por Subasta, signada con el N° 001-2022, el cual se encuentra constituido por Tres (03) extensiones de terrenos propiedad del Municipio Guacara, a adquirir el Pliego de Condiciones correspondiente, conforme a las condiciones que en lo sucesivo se describen: A) El presente Procedimiento de Enajenación de Bienes Públicos Bajo la modalidad de Venta por Subasta se regirá por los principios previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ordenanza sobre Ejidos y otros Terrenos Municipales del Municipio Guacara del Estado Carabobo y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos. B) El presente Procedimiento de Enajenación de Bienes Inmuebles Bajo la Modalidad de Venta por Subasta es potenciar el desarrollo económico, productivo e industrial de la Zona Industrial El Tigre del Municipio Guacara, por lo que es condición obligatoria para el comprador, la ejecución de una construcción con base a un proyecto, en un plazo máximo de siete (07) años después de la firma del Contrato de Venta, so pena que por incumplimiento y previa apertura de un procedimiento administrativo sea en Sede Administrativa declarado resuelto unilateralmente el Contrato de Venta suscrito sin obligación de pago de indemnización alguna a favor del comprador, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ordenanza sobre Ejidos y otros Terrenos Municipales del Municipio Guacara. C) Así mismo, de ser adjudicado y vendido el inmueble se entenderá incluido en el texto del contrato de venta, una cláusula según la cual el oferente adjudicado de querer vender el inmueble, se obliga primeramente a ofrecerlo en venta al Municipio, a los fines de que sea decidido, por el Ejecutivo Municipal, si está dispuesto a ejercer el derecho de preferencia o no para readquirirlo. Dicha obligación no tendrá término de caducidad o prescripción. D) La Comisión de Enajenación de Bienes Públicos del Municipio Guacara, encargada, de la sustanciación del Procedimiento de Enajenación de Bienes Inmuebles Bajo la Modalidad de Venta por Subasta informa que el mismo versa sobre un (01) lote de Tres (03) extensiones de terrenos, cuya descripción se especifica a continuación: 1) PARCELA I-4. Ubicada en laZona Industrial El Tigre, con una superficie aproximada de 3.703,37 M², 2) PARCELA I-5. Ubicada en la Zona Industrial El Tigre, con una superficie aproximada de 3.702,48 M², 3) PARCELA I-6. Ubicada en la Zona Industrial El Tigre, con una superficie aproximada de 3.575,48 M². En relación a los terrenos, los detalles específicos, en cuanto a linderos, levantamientos topográficos y variables urbanas aplicables, constarán en el pliego de condiciones para la debida evaluación de los participantes interesados. E) Las condiciones para la Enajenación son las siguientes: E.1) El precio base es por la cantidad de tres bolívares con sesenta y cinco céntimos (Bs. 3,65) por M2 de terreno, el cual se encuentra ajustado a los términos previstos en el parágrafo segundo del Artículo 63 de la Ordenanza sobre Ejidos y otros Terrenos Municipales del Municipio Guacara del Estado Carabobo. E.2) La forma de pago será de contado. E.3) Deberá ofertarse en los términos indicados en el Pliego de Condiciones. E.4) La oferta a adjudicar será aquella que resulte íntegramente más ventajosa a los intereses del Municipio. E.5) Las demás condiciones y limitaciones aplicables estarán determinadas en el respectivo Pliego de Condiciones. F) Las actividades derivadas del presente Procedimiento quedan pactadas de la forma siguiente: F.1) La disponibilidad y lugar del retiro de Pliego de Condiciones se efectuará en las fechas dieciocho (18) de Agosto del año dos mil veintidós (2022) y diecinueve (19) de Agosto del año dos mil veintidós (2022), en un horario comprendido de 08:00 am a 09:00 am, Lugar: Centro Comercial y Profesional Guacara Plaza, Nivel 2, Oficina N2-L51, Municipio Guacara del Estado Carabobo. F.2) La visita guiada se efectuará en fecha veintidós (22) de Agosto del año dos mil veintidós (2022), a las 09:00 am. F.3) Las solicitudes de aclaratorias se realizarán en fecha veintitrés (23) de Agosto del año dos mil veintidós (2022), a las 09:00 am. F.4) Las respuestas de aclaratorias se harán en fecha veinticuatro (24) de Agosto del año dos mil veintidós (2022), a las 04:00 pm. F.5) El acto público de Recepción y Apertura de Sobres se efectuará  en fecha veintinueve (29) de Agosto del año dos mil veintidós (2022), a las 09:00 am. F.6) El Acto Administrativo de declaratoria de la Buena Pro se realizará dentro de los diez (10) días hábiles siguiente al Acto Público de Recepción y Apertura de Sobres del treinta (30) de Agosto del año dos mil veintidós (2022) al doce (12) de Septiembre del año dos mil veintidós (2022). Salvo el lugar indicado para el retiro de Pliegos, los actos descritos con anterioridad serán desarrollados en la siguiente dirección: Centro Comercial y Profesional Guacara Plaza, Nivel 2, Oficina N2-L55, Municipio Guacara del Estado Carabobo. G) Es condición reconocida por los potenciales oferentes, que el Municipio en cualquier estado y grado del proceso, podrá dar por terminado el procedimiento de presentarse alguna circunstancia o situación que estime contraria a los derechos e intereses del Municipio Guacara del Estado Carabobo.

Sin más a que hacer referencia,

Atentamente,

(FDO)

COMISIÓN DE ENAJENACIÓN DE BIENES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO

Documento Original

Deja un comentario